El Centro de Recaudaciones Municipales (CRIM) de Puerto Rico es la entidad responsable de la recaudación de las contribuciones sobre la propiedad inmueble en el país. Comprender cómo funciona el CRIM y cuáles son sus regulaciones puede ser esencial para los propietarios de propiedades en Puerto Rico. En este artículo, explicaremos algunos aspectos clave sobre el CRIM que todo propietario debe conocer.
Exoneración Contributiva de la Propiedad Inmueble Residencial
Uno de los términos más comunes asociados con el CRIM es la Exoneración Contributiva de la Propiedad Inmueble Residencial. Esta exoneración se refiere a la dispensa del pago de contribuciones impuestas sobre la propiedad inmueble residencial hasta el límite de $15 mil de valoración tasada para fines contributivos.
Esta exoneración es exclusiva para la residencia principal del propietario y se aplica solo si el dueño posee una sola propiedad en la que está viviendo.
¿Qué sucede si el propietario fallece o deja de vivir en la propiedad?
Es importante destacar que la exoneración del CRIM expira cuando el propietario fallece o deja de tener la propiedad como residencia principal. Esto significa que la propiedad puede estar sujeta a impuestos si no se toman las medidas adecuadas después de tales eventos.
Por lo tanto, es crucial para los herederos o nuevos propietarios entender este aspecto y tomar las medidas necesarias para mantener, si es posible, la exoneración o, alternativamente, para prepararse para los posibles impuestos.
¿Cuándo hay que pagar el CRIM?
El CRIM se paga anualmente. El año contributivo comienza el 1 de julio y termina el 30 de junio del año siguiente. Los avisos de contribuciones se envían a los propietarios en o antes del 15 de julio. Los propietarios tienen un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación para pagar el importe total de la contribución sin penalidad ni intereses.
Después de esta fecha, se aplican penalidades e intereses. Sin embargo, los propietarios pueden optar por pagar la contribución en dos partes, la primera en agosto y la segunda en febrero del año siguiente.
Entender el funcionamiento del CRIM y sus regulaciones puede ayudar a los propietarios a tomar decisiones informadas sobre sus propiedades. Si tienes alguna pregunta o duda sobre este tema, te recomendamos que consultes con un profesional o con el mismo CRIM para obtener asesoramiento y orientación.
Recuerda que mantenerse al día con los impuestos de propiedad es una parte importante de ser propietario de una propiedad y puede evitar problemas futuros. Mantente informado y asegúrate de cumplir con tus responsabilidades como propietario.
Para obtener asesoramiento y orientación del Centro de Recaudaciones Municipales (CRIM) de Puerto Rico, puedes seguir los siguientes pasos:
- Visita el Sitio Web del CRIM: Visita la página web oficial del CRIM (http://www.crimpr.net/) ↗) para obtener información detallada sobre los servicios y regulaciones del CRIM.
- Llama por Teléfono: Puedes llamar a la línea de atención al cliente del CRIM al siguiente número: (787) 625-2020. Aquí, puedes hacer preguntas y obtener asesoramiento directamente de un representante del CRIM.
- Correo Electrónico: También puedes enviar un correo electrónico al CRIM a la siguiente dirección: info@crimpr.net. Asegúrate de incluir todos los detalles relevantes para que puedan ayudarte de la manera más efectiva.
- Visita una Oficina del CRIM: Si prefieres hablar con alguien en persona, puedes visitar la oficina principal del CRIM en San Juan o cualquiera de sus oficinas regionales. La dirección de la oficina principal es: Calle Juan C. Borbón, San Juan, PR 00918.
Recuerda, siempre es mejor discutir cualquier problema o pregunta que tengas con un representante del CRIM para asegurarte de que estás obteniendo la información más precisa y actualizada.